top of page
  • Foto del escritorTSINDISCRETA

Medidas de Protección III: El acogimiento familiar

"Un lugar en tu casa, un sitio en tu corazón"


Hace unos meses hablábamos sobre el acogimiento y sus medidas.

En este post, hablaremos sobre una de las modalidades que es de la más frecuente, el acogimiento familiar, el cual se encuentra dentro de la modalidad "según el entorno donde viva el menor", en el que también se encuentra el acogimiento residencial, del cual hablaremos en otro post.

El acogimiento familiar es una medida de protección a la infancia, que puede acordar la autoridad pública competente, cuando los menores no pueden o no deben permanecer temporalmente con su propia familia, proporcionándoles un nuevo entorno familiar estable que supone la plena integración del menor. La familia acogedora se compromete, a través de la guarda, a tenerlos consigo, alimentarlos, educarlos y procurarle una formación integral como personas. Responde a los principios de integración familiar y social, solidaridad social, individualización y normalización de los menores, según establece la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor.


Se procura mantener a los menores en su propio medio natural o en condiciones que se aproximen al medio familiar más adecuado, siempre que ello no suponga un perjuicio en sus intereses, por ello se valora el acogimiento con la familia extensa. El principio básico que orienta el establecimiento de las normativas internacionales y nacionales , la Primacía del Interés Superior de Menor por encima de cualquier otra, considera que la familia es el medio natural más adecuado para que el menor crezca y se desarrolle en concordancia con sus necesidades y potencialidades, manteniendo a los hermanos unidos dentro de la misma familia acogedora y dentro de su entorno y su identidad familiar y cultural, favoreciendo las relaciones con su familia de origen manteniendo el vinculo para posibilitar el retorno y procurando la integración del menor en los sistemas educativos, sanitarios y comunitarios.

El acogimiento familiar siempre es la primera opción frente al acogimiento residencial y el acogimiento dentro de la familia extensa, al acogimiento dentro de una familia ajena, tratando de apoyar desde las administraciones a la familia que acoge al niño para favorecer su correcta adaptación.


Las familias acogedoras suelen estar formadas por padres con hijos de mediana edad o mayores, que se ponen a disposición de los menores para que vivan con ellos hasta que puedan volver a su entorno. Habitualmente perciben una prestación económica para ayudar a cubrir sus gastos.




37 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo

Mi última experiencia laboral

Hace mucho que no escribo en el blog, falta de tiempo libre y poquitas ganas de estar delante de un ordenador, y muchas de disfrutar de la naturaleza. Hace unos meses, 7 u 8 meses, me llamaron para un

bottom of page